Ya está en vigor el Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital
El día 30.4.2024 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital (en adelante, nos referiremos a él como el Reglamento n.º 2024/1183 o Reglamento de impulso de la identidad digital europea, puesto que nace con el propósito de simplificar y agilizar el proceso de identificación electrónica a nivel europeo), también conocido como Reglamento eIDAS 2. Este Reglamento introduce una serie de reformas al anterior Reglamento (UE) n.º 910/2014 con el objetivo de crear un marco más robusto y seguro para la identidad digital.
La entrada en vigor de dicho Reglamento tuvo lugar el 20.5.2024 (en virtud de lo dispuesto en su artículo 2, el Reglamento entraría en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea), aunque, como veremos más adelante, algunas de las medidas que reconoce no se materializarán hasta meses después. El citado Reglamento se compone por solo dos artículos, el primero de ellos viene a modificar preceptos del Reglamento (UE) n.º 910/2014 (Reglamento eIDAS) y el artículo 2 establece su entrada en vigor. Además, se encuentran precedidos de 78 considerandos.