Declarada nula por abusiva una cláusula de sumisión a arbitraje cuya abusividad no se alegó en la demanda arbitral
Con fecha 4 de marzo de 2022, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estimó la nulidad de un laudo cuya impugnación se basó en la abusividad de la cláusula de sumisión a arbitraje.
En el marco de un contrato de obra de vivienda surgieron discrepancias entre la particular contratante y la empresa contratista acerca del pago de una cantidad del precio de la obra. La empresa solicitó al tribunal competente1 (TSJ de Andalucía) el nombramiento de un árbitro, con el fin de resolver la controversia mediante el procedimiento arbitral. La parte contraria se opuso a este nombramiento e invocó la nulidad de la cláusula de sumisión expresa a arbitraje. La petición de nulidad se basó en el hecho de que en la cláusula se aludía que en caso de no llegarse a un acuerdo por dicho procedimiento las partes se sometían a los tribunales de Granada con renuncia a otros fueros aplicables , lo que, para la impugnante, suponía que no tenía efecto obligacional y era contrario a la naturaleza del arbitraje, y por tanto ser declarada nula de pleno derecho. El TSJ nombró un único árbitro, no entrando a valorar la cuestión de validez de la cláusula de arbitraje al entender que era labor del árbitro designado. En el trámite final de conclusiones del arbitraje, tras haber sido practicada la prueba, la contratante invocó – por primera vez- su condición de consumidora. La misma, una vez dictado el laudo arbitral, presentó demanda de juicio verbal ante el TSJ de Andalucía instando la nulidad del laudo. Pero, en esta ocasión, la causa era distinta. Se alegaba la nulidad de la cláusula de sumisión al arbitraje por ser abusiva y no estar negociada individualmente. La empresa se opuso a la demanda, argumentando, entre otros motivos, que, en el arbitraje, la demandante no invocó la nulidad de la cláusula por ser abusiva.